La Contraloría
General de la República aprobó la directiva que regula la aplicación del
control concurrente en la Reconstrucción con Cambios, con el propósito de
fortalecer la eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y
bienes del Estado durante la recuperación de las regiones afectadas por el
fenómeno de El Niño Costero.
La Directiva
N°005-2017-CG/DPROCAL precisa que el control concurrente es una modalidad del
control simultáneo que identifica hitos de control en el proceso en curso, a
fin de alertar al titular de la entidad pública (Ministerios, Gobiernos
Regionales, Municipalidades, entre otros) sobre la existencia de situaciones
adversas que podrían afectar la reconstrucción, de tal manera que se adopten
las medidas correctivas pertinentes.
Una situación
adversa se relaciona con el incumplimiento de disposiciones legales,
contractuales, normativa interna o normas técnicas, que afecta la continuidad
del proceso, respecto de la cual la entidad tiene la posibilidad de adoptar
alguna acción correctiva, indica la norma.
El control
concurrente se aplicará en el proceso de contratación de bienes, servicios,
obras y consultorías, en el marco de la Ley 30556 (Ley que aprueba las
intervenciones del gobierno nacional frente a desastres, y crea la Autoridad
para la Reconstrucción con Cambios).
De acuerdo a lo
establecido por esta directiva, la Contraloría General de la República
acompañará al organismo ejecutor durante todo el proceso de ejecución de la
intervención materia de control concurrente, desde el proceso de convocatoria
hasta la etapa de recepción y liquidación, identificando en cada hito de
control, las situaciones adversas que pueden afectar el cumplimiento de las
metas y objetivos.
El control concurrente para la Reconstrucción con
Cambios, que se caracteriza por ser oportuno, expeditivo, preventivo y
proactivo, podrá ser desarrollado por cualquier órgano del Sistema Nacional de
Control, bajo la supervisión de la Contraloría y está a cargo de una comisión
de control (conformado por un supervisor, jefe e integrantes).
La directiva señala
además que el titular de la entidad objeto del control deberá brindar las
facilidades para la instalación de la comisión de control, facilitará el acceso
a la información y documentación que se requiera, asignará los recursos
logísticos solicitados y dispondrá las acciones correctivas pertinentes.
La Reconstrucción
con Cambios abarca los departamentos de la costa peruana Tumbes, Piura,
Lambayeque, La Libertad, Áncash, Lima e Ica, principales regiones afectadas por
el impacto de El Niño costero, ocurrido en los primeros meses del 2017. También
afectó los departamentos de Cajamarca, Ayacucho, Arequipa, Huancavelica, Junín
y Loreto, donde se produjeron huaicos, derrumbes y deslizamientos de gran
intensidad.
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