Después de haber culminado el plazo de inscripción en el
Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), la Gerencia Ejecutiva de
Energía y Minas registró a un total de 173 mineros, bajo el Decreto Supremo N°
05- 2017- EM.
Con el término del
proceso, los inscritos empiezan un proceso de formalización con un plazo no
mayor al 2021, según lo establece el Decreto Legislativo N° 1336.
Aquellos mineros que
no lograron inscribirse tendrán que ser responsables de las consecuencias que
esto acarrea, según lo indica el Decreto Supremo N° 018, en su artículo 08, el
cual menciona que partir del 2 de agosto de 2017, la SUNAT deja de recibir inscripciones
de las personas naturales que se encuentran desarrollando actividades de
pequeña minería y/o minería artesanal.
Además, el decreto
menciona que las personas naturales o jurídicas que no forman parte del Proceso de
Formalización Minera Integral deben paralizar sus actividades mineras, y de ser
el caso, formalizarlas conforme a lo establecido en la legislación minera vigente.
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